Ayudas directas al desarrollo rural y pago único

Fondo de Garantía Agraria de España

Fondo de Garantía Agraria de España

Hasta 1992 los apoyos a la agricultura europea se concedían a los agricultores y ganaderos, fundamentalmente, cuando comercializaban sus cosechas o sus producciones ganaderas. En ese momento podían vender sus productos en el mercado u ofrecerlos a los almacenes públicos, a los precios previamente pactados: los llamados precios de intervención.

A partir de 1992 cambió la forma de los apoyos, percibiéndose por dedicar la tierra a determinados cultivos o producción ganadera suprimiéndose, prácticamente, las posibilidades de venta de lo producido a los almacenes públicos.

Estos apoyos, muy diferentes de los precios de intervención, es lo que se conocen como ayudas directas.

Las ayudas directas, por producir determinados materias primas, agrícolas y ganaderas, se percibían en diferentes épocas del año, lo que ocasionaba su solicitud y tramitación en fechas también diferentes.

La revisión de las formas de apoyo a la agricultura, en virtud de acuerdos internacionales, en 2003, ha supuesto un cambio de gran alcance en las condiciones para percibir las ayudas directas, que, desde ahora, se van a basar en el promedio de los apoyos recibidos en años pasados (período de referencia), pudiendo producir los mismos o diferentes productos, en lo sucesivo, y se van a recibir,de una sola vez, en un PAGO ÚNICO.

Legislación del Pago Único

Notas interpretativas

Circulares de coordinación

Publicidad del acto de ejecución de la sentencia de fecha de 5-7-1999 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Preguntas, respuestas y cifras del Pago Único en España

El año 2003 la Política Agraria Común sufrió una importante reforma, al adoptarse por la Unión Europea los criterios contenidos en los compromisos internacionales sobre las nuevas formas de producir que prestan más atención al medio ambiente y a la salubridad de los alimentos y a las nuevas formas de compensación y apoyo a la agricultura que se atenga a esos principios.Las nuevas formas de compensación y apoyo tratan de conseguir un doble propósito:

  • Fomentar la adaptación de las agriculturas a las demandas de los mercados nacionales e internacionales.
    Para lograrlo, los apoyos futuros no estarán ligados a lo que se produzca en el año, sino que dependerán de las ayudas recibidas en años anteriores, que fundamentan el derecho a recibirlas.
  • Reforzar el papel de los agricultores y ganaderos, como suministradores de productos sanos y beneficiosos para la salud de los ciudadanos europeos y de los ciudadanos de otros países que consuman los productos alimentarios que se elaboran en Europa.

Desde el punto de vista de la tramitación administrativa de los apoyos, la reforma del año 2003 introduce una novedad muy importante. Ésta consiste en simplificar el procedimiento de obtención de las ayudas mediante el establecimiento de:

  • LA SOLICITUD ÚNICA, que facilita la solicitud de estas ayudas en un solo documento.
  • EL PAGO ÚNICO, que permite la percepción de las ayudas de una sola vez, en cada campaña

Gestión de Derechos de Pago Único

Este enlace tiene por objeto facilitar, a los usuarios registrados de las Comunidades Autónomas, el acceso a la aplicación que permite gestionar las solicitudes de cesión de derechos de pago único presentadas por los beneficiarios de dicho régimen.

Author: María Broza

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