Hasta 1992 los apoyos a la agricultura europea se concedían a los agricultores y ganaderos, fundamentalmente, cuando comercializaban sus cosechas o sus producciones ganaderas. En ese momento podían vender sus productos en el mercado u ofrecerlos a los almacenes públicos, a los precios previamente pactados: los llamados precios de intervención.
A partir de 1992 cambió la forma de los apoyos, percibiéndose por dedicar la tierra a determinados cultivos o producción ganadera suprimiéndose, prácticamente, las posibilidades de venta de lo producido a los almacenes públicos.
Estos apoyos, muy diferentes de los precios de intervención, es lo que se conocen como ayudas directas.
Las ayudas directas, por producir determinados materias primas, agrícolas y ganaderas, se percibían en diferentes épocas del año, lo que ocasionaba su solicitud y tramitación en fechas también diferentes.
La revisión de las formas de apoyo a la agricultura, en virtud de acuerdos internacionales, en 2003, ha supuesto un cambio de gran alcance en las condiciones para percibir las ayudas directas, que, desde ahora, se van a basar en el promedio de los apoyos recibidos en años pasados (período de referencia), pudiendo producir los mismos o diferentes productos, en lo sucesivo, y se van a recibir,de una sola vez, en un PAGO ÚNICO.
Legislación del Pago Único
Notas interpretativas
Circulares de coordinación
Publicidad del acto de ejecución de la sentencia de fecha de 5-7-1999 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
- Anuncio del FEGA por el que se da publicidad al acto de ejecución de la sentencia de fecha 5/7/1999 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, relativa a los rendimientos establecidos, en los planes de regionalización productiva correspondientes a las campañas 93/94 y 94/95
- Listado de agricultores pendientes de pago
Preguntas, respuestas y cifras del Pago Único en España
- Fomentar la adaptación de las agriculturas a las demandas de los mercados nacionales e internacionales.
Para lograrlo, los apoyos futuros no estarán ligados a lo que se produzca en el año, sino que dependerán de las ayudas recibidas en años anteriores, que fundamentan el derecho a recibirlas. - Reforzar el papel de los agricultores y ganaderos, como suministradores de productos sanos y beneficiosos para la salud de los ciudadanos europeos y de los ciudadanos de otros países que consuman los productos alimentarios que se elaboran en Europa.
Desde el punto de vista de la tramitación administrativa de los apoyos, la reforma del año 2003 introduce una novedad muy importante. Ésta consiste en simplificar el procedimiento de obtención de las ayudas mediante el establecimiento de:
- LA SOLICITUD ÚNICA, que facilita la solicitud de estas ayudas en un solo documento.
- EL PAGO ÚNICO, que permite la percepción de las ayudas de una sola vez, en cada campaña
Gestión de Derechos de Pago Único
Este enlace tiene por objeto facilitar, a los usuarios registrados de las Comunidades Autónomas, el acceso a la aplicación que permite gestionar las solicitudes de cesión de derechos de pago único presentadas por los beneficiarios de dicho régimen.